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CORONAVIRUS: Quién y Cómo se puede circular

Carmen Martinez
20/01/2021 1 min

Son muchas las dudas que existen actualmente sobre quién y cómo se puede circular durante el estado de alarma por coronavirus. En este artículo nos gustaría aportar un poco de información al respecto. ¡Esperamos que os resuelva las dudas!

Quién puede circular

Según la DGT, está prohibido circular por las vías públicas durante el período que dure el Estado de Alarma. Sin embargo, estas son las excepciones en las que SÍ está permitido circular:

  1. Se permite usar el vehículo para la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad

     

  2. Podemos conducir si acudimos a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

     

  3. Estará permitido el desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar la prestación laboral, profesional o empresarial, siempre y cuando se trate de una actividad esencial o puedas demostrar que eres un empresario / autónomo que trabaja solo en su puesto de trabajo.

     

  4. Podrás usar tu coche si vuelves al lugar de residencia habitual.

     

  5. Está permitido el uso del vehículo si se usa para la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

     

  6. Si necesitas acudir a entidades financieras y de seguros por temas imprescindibles, no te multarán.

     

  7. Podrás salir de casa y usar tu coche si es por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

     

  8. Se permitirá el uso del coche para cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.

     

  9. Podrá utilizarse el vehículo para cumplir el convenio sobre hijos de padres separados.

Cómo puedo circular

Si te estás preguntando cuántas personas pueden ir en el vehículo durante los desplazamientos permitidos, en principio, durante el Estado de Alarma, solo puede circular una persona por coche, "salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores o por otra causa justificada".

Un posterior anexo al Decreto añadió la excepción por la cual podrían viajar dos personas en el mismo vehículo si una viajaba en el asiento del conductor y el otro pasajero, en el asiento trasero y respetando distancias de seguridad. Dicha excepción tendría que cumplir con los casos en los que es posible el uso del vehículo.

Si debes circular, re recomendamos llevar encima un certificado

Cada día, el Comité de Gestión del gobierno realiza una rueda de prensa donde informa sobre los temas de interés relacionados con el CoVid-19 y el estado de alarma. En esta rueda de prensa, el director adjunto operativo de la Policía Nacional, José Ángel González, señaló el pasado viernes 27 de marzo que Interior no había dado “ningún tipo de orden” en este sentido, pero consideró que resultaba “de ayuda” para los agentes todo aquello que contribuya a probar “a dónde se dirigen” los ciudadanos.

Por lo tanto, si debes desplazarte con tu coche durante el estado de alarma porque cumples con alguno de los motivos expuestos anteriormente, es muy importante que lleves contigo algún documento que lo acredite, de esta manera evitarás multas y sanciones que pueden llegar hasta los 600€.

Desde doppo, os recomendamos seguir las recomendaciones de los organismos oficiales y quisiéramos mandaros un mensaje de ánimo para estos momentos. Si quieres estar al día de las novedades del mundo del motor y la seguridad vial, te animamos a seguirnos en nuestros perfiles en Instagram y Facebook.

Etiquetas: DGT

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